Nuestro futuro pasa por tu aprobado. Oposiciones Penitenciarias a Distancia
      Última Convocatoria

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 264/2011, de 28 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 1 de marzo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2011, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007. de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Público, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre), modificada por Orden PRE/2061/2009, de 21 de junio.

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 60 plazas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Subgrupo C1 (Código 0921) por el sistema general de acceso libre.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo y un período de prácticas en centros penitenciarios. Para la realización de los mismos, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos de la presente convocatoria.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el aprobado por Orden INT/520/2010, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 8 de marzo de 2010).

4. Titulación y otros requisitos

Los aspirantes deberán estar en posesión del Título de Bachiller o Técnico. Así mismo se estará a lo previsto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada por Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, BOE de 14 de marzo, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Nacionalidad

Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del R.D. 543/2001, de 18 de mayo.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública, que se facilitará gratuitamente en Internet en la página web www.060.es (Trabajo-Modelo 790).

La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Los interesados podrán realizar el pago telemático de las tasas y el registro electrónico de su solicitud a través de Internet en el Portal del ciudadano www.060.es (Trabajo - Inscripción en pruebas selectivas) o en el Portal del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública www.mpt.es (Procesos selectivos de empleo público - Inscripción en los procesos selectivos).

b) Igualmente, podrán presentarse en el Registro de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (c/ Alcalá, 38, 28014 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpo o escalas de la Administración General del Estado.

6.3 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III.

7. Tribunal

7.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como anexo II a esta convocatoria.

7.2 Los tribunales de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.

7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en el Ministerio del Interior, en la Subdirección General de Recursos Humanos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá, n.º 38-40, planta segunda, 28014 Madrid, teléfono (91) 3354812, dirección de correo electrónico SGPIP-SSC@dgip.mir.es.

8. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente, por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría Estado para la Administración Pública de 24 de enero de 2011 («Boletín Oficial del Estado» de 27 de enero).

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro del Interior, en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 10 de mayo de 2011.-El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/50/2010, de 12 de enero), el Director General de Gestión de Recursos de Instituciones Penitenciarias, Antonio Puig Renau.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de oposición con tres pruebas de carácter eliminatorio, curso selectivo y período de prácticas.

Oposición

La oposición estará formada por los tres siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios:

Primer ejercicio:

Se celebrará en las ciudades de Madrid, Las Palmas, León y Málaga, debiendo el aspirante hacer constar en su solicitud la ciudad por la que opta realizar el examen. Este ámbito vincula al aspirante para la realización del primer ejercicio de las pruebas del proceso selectivo, sin perjuicio de lo establecido en la base específica 6.3.

Este ejercicio estará formado por dos partes que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. El Tribunal realizará ambas partes conjuntamente.

Primera parte.-Consistirá en la evaluación de la aptitud de los aspirantes para obtener un adecuado rendimiento profesional, mediante pruebas que midan factores aptitudinales. La duración de esta prueba, será la que resulte necesaria técnicamente para la realización de los test.

La calificación de esta prueba, será de «Apto» o «No Apto». Los calificados de «No Aptos», quedarán excluidos del proceso selectivo.

Segunda parte.-Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 125 preguntas con respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas caso de que se anule alguna de las 125 preguntas anteriores. La duración del mismo será de una hora y cuarenta y ocho minutos.

Esta segunda parte, se calificará con una puntuación de 0 a 20 puntos. Los aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 4.9 del Real Decreto 264/2011, de 28 de febrero, por el que se prueba la oferta de empleo publico para el año 2011, el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a esta segunda parte en el plazo máximo de 48 horas a contar desde su finalización.

Los Tribunales no estarán obligados a corregir esta segunda parte de este ejercicio a aquellos aspirantes que no hubieran obtenido la calificación de «Apto» en la primera parte.

Segundo ejercicio:

Este segundo ejercicio se desarrollará en Madrid.

Consistirá en resolver por escrito sobre 10 supuestos de carácter práctico, 5 preguntas de respuesta múltiple por cada supuesto, y que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. La duración máxima será de una hora y cuarenta minutos.

Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación. La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Los aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 4.9 del Real Decreto 264/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2011, el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a este segundo ejercicio en el plazo máximo de 48 horas a contar desde su finalización.

En ambos ejercicios la calificación de los aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal calificador teniendo en cuenta el nivel de conocimientos de los aspirantes presentados, haciendo público dicho acuerdo.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

2. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la segunda parte del primer ejercicio.

3. Mayor número de aciertos obtenidos en el segundo ejercicio.

4. Mayor número de aciertos obtenidos en la segunda parte del primer ejercicio.

Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, el Tribunal adoptará las medidas oportunas, que se harán públicas en su momento, para dirimirlos.

Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellos aspirantes que hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.

Tercer ejercicio:

Prueba de aptitud médica: Estará dirigida a comprobar que no se aprecia en los aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el anexo IV de esta convocatoria.

Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal facultativo de la Administración del Estado que el tribunal designe y se realizarán en las dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio.

La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas.

La prueba de aptitud médica será calificada de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para poder superar esta prueba y la oposición.

Si el número de declarados «Aptos» en esta prueba fuera inferior al número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma, el número de aspirantes necesarios, de los que hayan superado los dos primeros ejercicios, según el orden de puntuación obtenido.

A los efectos de favorecer la mecánica del proceso selectivo, el Tribunal podrá disponer que determinadas pruebas o parte de las mismas se realicen en la misma fecha.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Los Tribunales no podrán aprobar a un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

Curso Selectivo y Periodo de Prácticas

Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán participar en un curso selectivo de formación, que mediante Resolución del Director General de Gestión de Recursos de Instituciones Penitenciarias, establecerá el calendario, programa, en el que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género, así como las normas internas que regulen el curso selectivo, no superior a tres meses.

El curso selectivo se calificará como apto o no apto.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho al nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada del Director General de Gestión de Recursos de Instituciones Penitenciarias, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Las sesiones lectivas programadas tienen carácter obligatorio, y para obtener la calificación de «Apto» será requisito imprescindible que el alumno haya realizado al menos el 80 por 100 de las jornadas lectivas del curso selectivo, requisito sin el cual no podrá comparecer al examen.

Los aspirantes que superen el curso selectivo serán nombrados para realizar un Periodo de Prácticas con funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en centros penitenciarios. Durante el tiempo de duración de esta fase de prácticas los aspirantes compaginarán el desempeño de las funciones, con la formación teórica. Durante el período de estas prácticas evaluables, se realizará el seguimiento necesario de la actuación de los aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los controles necesarios para su evaluación. SI durante el desarrollo de este período alguno de los funcionarios en prácticas, pusiese de manifiesto, de manera grave y ostensible su incapacidad para desempeñar la función para la que ha sido seleccionado, la Administración Penitenciaria podrá, mediante resolución motivada, dar de baja al aspirante en dicho periodo, aún cuando el período no hubiese finalizado.

Este periodo será evaluable y calificados de Apto o no Apto, será requisito imprescindible, además de ser informado como Apto por el órgano encargado del seguimiento en el Centro Penitenciario y así asumido por el órgano encargado de la evaluación final, el haber realizado el 75 por ciento del periodo de practicas en Centros penitenciarios.

La duración total de ambos periodos tendrá una duración máxima de dieciocho meses.

Por Resolución del Director General de Gestión de Recursos se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación de ambos periodos, así como el programa y las materias objeto de evaluación.

Los aspirantes, una vez finalizados y superados ambos períodos, permanecerán en los Centros Penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, ostentando la condición de funcionarios en prácticas, hasta la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de su nombramiento como funcionarios de carrera.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de los aspirantes que han superado el proceso selectivo.
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